Gaceta Oficial
Base Legal

La Gaceta Oficial fue fundada mediante Decreto No. 10 de 11 de noviembre de 1903. La Gaceta Oficial Digital, tiene validez jurídica desde el 3 de julio de 2006, según Ley 53, del 28 de diciembre de 2005; Decreto Ejecutivo N° 349 de 15 de julio de 2021, que Reglamenta la ley 53 de 28 de diciembre de 2005 y deroga los decretos ejecutivos No. 153 de 21 de agosto de 2007 y No. 351 de 20 de abril de 2011, y dicta otras disposiciones.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Dónde están ubicadas las oficinas de la Gaceta Oficial?

  • La Gaceta oficial pertenece al Ministerio de la Presidencia, y está ubicada en el Edificio Casa Alianza 2do piso, corregimiento de San Felipe, detrás de la presidencia de la República, frente al parque de la independencia donde se ubica la catedral Metropolitana.

2. ¿Cómo se debe enviar los documentos para publicar en Gaceta Oficial?

  • Los documentos deben ser enviados por medio de nota dirigida al Director/a de Gaceta Oficial en formato escrito, debe ser una copia con sello de fiel copia de su original. El tamaño de la letra debe ser punto 14 Time New Roman. Son entregados en correspondencia y archivo de la Presidencia.
  • Si el documento es mayor a 50 páginas deben ser escaneado en formato PDF y grabado en un CD junto con el documento en papel.

3. ¿Cuáles son los pasos para la publicación de Avisos y Edictos?

  • Si el documento es aviso de cancelación, traspaso o disolución debe estar escrito a máquina o computadora en una página 8 y medio por 11, tamaño de letra 14 Time New Roman.
  • Si es Edicto Agrario están formulados por la Autoridad Nacional de Administración de tierras ANATI.
  • Los pagos en Efectivo en las Cajas de la DGI, a nivel nacional están suspendidos desde el 21 DE DICIEMBRE DE 2016. Esta medida fue dictada por el Director General, Licdo. Publio Cortés, debido al asalto a nuestras instalaciones.
  • Los pagos solamente se aceptan mediante Cheques Certificados costo ocho (8) balboas
  • El procedimiento para realizar el pago es el siguiente:
    • El contribuyente debe traer el cheque certificado a nombre del Tesoro Nacional/RUC del contribuyente (puede ser la cédula o el RUC de la empresa) y por el monto del servicio que solicita:
      • Edicto Agrarios seis (6) dólares.
      • Avisos de Disolución seis (6) dólares.
      • Avisos de traspaso dieciocho (18) dólares.
    • Se procede a confeccionar el recibo de pago, el cual presenta en la caja con el cheque correspondiente.
  • Cumpliendo con estos procedimientos traer el recibo de pago y el documento a publicar a la Gaceta Oficial.

4. ¿Cuál es el costo de la Gaceta Oficial?

  • Si tiene acceso por medio de internet a la Gaceta Oficial Digital desde su casa u oficina, la puede imprimir sin costo alguno.
  • De solicitarla en nuestras oficinas se le imprime a un costo de 0.10 centavos por página.
  • Si desea que se le grave en CD el costo es de un B/. 1.00 balboa, y un balboa por documento.

4. ¿Certificaciones de Gaceta?

  • Debe ser solicitada por medio de nota escrito a máquina o computadora dirigida al Director/a, en una página 8 y medio por 13. Tiempo de respuesta 30 días hábiles.
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Licdo. Cid Aguilera
Director General